Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9301

Decreto-ley 9301/1979 - EXIMIR A LA INSTITUCION NACIONAL DEL SCOUTISMO ARGENTINO - AGRUPACION SCOUT CORONEL JUAN P. PRINGLES, PAGO DE CANON ESTABLECIDO EN LA LEY 5797 (VENTA DE LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/04/1979
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Decreto-ley 9301/1979 DECRETO-LEY 9301/79 LA PLATA, 19 de ABRIL de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-10.704/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Exímese a la Institución Nacional del Scoutismo Argentino –Agrupación Scout Coronel Juan P. Pringles- del pago del canon en concepto de compensación por usufructo que establece el artículo 19 de la Ley 5797, por todo el período de ocupación sobre las parcelas de tierra fiscal ubicadas en el Partido de Quilmes, nomencladas catastralmente como: Circunscripción III,

Sección B, Manzana 67, Parcelas 1 y 2, con la situación, medidas y linderos que

se consignan en el plano aprobado con característica 86-168-51. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.