Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 205
MODIFICA - A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2024 - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y ACCIONES - GERENCIAS - SUBGERENCIAS - SUBSECRETARÍA SERVICIOS AL CIUDADANO - SUBSECRETARÍA ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO TERRITORIAL - SUBSECRETARÍA RELACIONES FEDERALES - SUBSECRETARÍA ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS DESCONCENTRADOS - DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN A CONDUCTORES - DIRECCIÓN GENERAL COMPETENCIAS COMUNALES Y TALLERES - DIRECCIÓN GENERAL PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CERCANÍA - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA - DIRECCIÓN GENERAL DESCENTRALIZACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON LA COMUNIDAD - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA TERRITORIAL - DIRECCIÓN GENERAL ASISTENCIA TERRITORIAL - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON PROVINCIAS Y MUNICIPIOS - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS FEDERALES - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO INSTITUCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL REPRESENTACIONES DE LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN DE PROYECTOS - DIRECCIÓN GENERAL MEDIACIÓN Y CONVIVENCIA VECINAL - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE ASUNTOS PÚBLICOS LOCALES - DIRECCIÓN GENERAL MONITOREO Y SIMPLIFICACIÓN DE PROCESOS - COMUNAS - CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERCOMUNAL LEY N° 1.777 - ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS LEY N° 210
VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 17337070-GCABA-SECGVC/24, y CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entres las Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano; Que mediante Decreto N° 387/23, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2023, permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional del referido Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del mencionado Decreto; Que en función a lo establecido, y atento a razones operativas, deviene necesario aprobar el Régimen Gerencial correspondiente a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, y asimismo, de acuerdo a la gestión de gobierno, modificar su estructura organizativa; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2024, la estructura organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en los