Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8538

Decreto-ley 8538/1956 - (DEC-LEY 8538/956)LIBERACION DE GRAVAMENES A ENTIDADES O PERSONAS EN LA PLATA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/07/1956
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

/ : -.— 263 — DECRETO-LEY N? 8.538 La Plata, 30 de mayo de 1956. Visto el expediente N° 4.032-23.966, año 1956, por el que la Mu- Ñ nicipalidad de La Plata, solicita se libere a los -festivales que se reali- zan en el partido, destinados a recaudar fondos para la campaña, contra el mal de Heine-Medin, del pago de los derechos que fija el

Capítulo VII, de la Ley número 5.789 “Ordenanza General Impositiva

para el partido de La Plata”; atento los dictámenes de la Dirección Jurídica del Ministerio de Gobierno y Asesoría General de Gobierno, lo informado por la Dirección General de Asuntos Municipales, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: . Art. 1° Autorízase al señor Comisionado Municipal de La Plata, para liberar de los gravámenes establecidos en el Capitulo VII de la . Ley número 5.789 “Ordenanza General Impositiva para el partido de La Plata”, a las entidades o personas que realicen festivales, es- pectáculos o diversiones, cuyos producidos se destinen integralmente para la campaña sanitaria contra la poliomielitis. Art. 2° Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. 7 Art, 3° El presente decreto-ley será refrendado en Acuerdo Ge- neral de ministros. Art, 4% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y a sus efectos, remítase al señor Comisionado Municipal . de La Plata, . BONNECARRERE. M. A. ARANDA, E. CorTÉS, : E, G, AGUILERA, RODOLFO A, EYHERABIDE, I, C. ZUBERBUHLER.