Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 397
DESIGNA TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - VICTORIA EUGENIA NOORTHOORN - MUSEO DE ARTE MODERNO DE BUENOS AIRES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, el Decretos N° 363/15 y sus modificatorio N° 290/18, el Expediente Electrónico N° 25.991.409- MGEYA-DGTALMC/18, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Cultura; Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 290/18, se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, como Organismo Fuera de Nivel, bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura; Que en consecuencia, el señor Ministro de Cultura propicia la designación de la Señora Victoria Eugenia Noorthoorn, DNI N° 22.200.397, CUIL N° 27-22200397-6, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, a partir del 1° de diciembre de 2018; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente; Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos N° 102 y N° 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de diciembre de 2018, a la señora Victoria Eugenia Noorthoorn, D.N.I. N° 22.200.397, CUIL N° 27-22200397-6, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel