Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12216

Ley 12216/1998 - DONANDO FRACCIÓN DE TERRENO FISCAL A LA BIBLIOTECA "JOSÉ MANUEL ESTRADA" DE RAMALLO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/12/1998
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12216 Ley 12.216 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- Dónase a la Biblioteca Popular "José Manuel Estrada" del partido de Ramallo una fracción de terreno fiscal designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 80, Parcela 10; de la localidad de Ramallo con destino a la finalización de la construcción del edificio para su funcionamiento. ARTICULO 2.- Establécese que si se cambiare el destino impuesto por el artículo anterior, se producirá la caducidad del acto y la reversión del dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo sin derecho a reclamo de indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTICULO 3.- Autorízase a la Escribanía General de Gobierno a extender la pertinente escritura traslativa de dominio, quedando la entidad beneficiaria exenta del pago del impuesto al acto. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.