Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5185
Ley 5185/1947 - AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR EN LA COMPRA DE IMPLEMENTOS CON DESTINO AL TALLER DE IMPRESIONES OFICIALES.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/12/1947
Reformas y relaciones normativas
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Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 5185 LEY 5185 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de quinientos mil pesos moneda nacional (pesos 500.000 m/n ), con destino al Taller de Impresiones Oficiales, para la adquisición de máquinas, linotipos, sacapruebas , magazines, matrices, plomo y repuestos y reparación y/o reajuste de las máquinas existentes. ARTÍCULO 2.- La suma que demande el cumplimiento de esta ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.