Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8948

Decreto-ley 8948/1977 - SUSPENDIENDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1979 LA VIGENCIA DEL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 4 DEL DECRETO-LEY 8721/1977 -ESTATUTO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL- SOBRE VACANTES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 21/12/1977
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Decreto-ley 8948/1977 DECRETO-LEY 8948 LA PLATA, 13 de DICIEMBRE de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-283/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.6. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Suspéndese, hasta el 31 de Diciembre de 1979, la vigencia del último párrafo del artículo 4 de la Ley 8721 -Estatuto del Empleado Público- para la cobertura de las vacantes que se produjeren en las Clases I y II del Agrupamiento­ Jerárquico. ARTÍCULO 2.- La presente Ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.