Nación · Ley N° 19476

Ley 19476 - SUSPENDESE TEMPORARIAMENTE LA APLICACION DEL ANEXO 17 DE LA LEY ORGANICA DE LA POLICIA FEDERAL

Estado no verificadoSanción: 03/02/1972Publicación B.O.: 11/02/1972Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD Policía Federal Suspéndese temporariamente la aplicación de un anexo de su ley orgánica. LEY Nº 19.476 Bs. As., 3/2/72. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º – Suspéndese para el año en curso la aplicación del Anexo 17 de la Ley Orgánica de la Policía Federal (Decreto-Ley Nro. 333/58 ratificado por Ley Nº 14.467) para la promoción del Personal Subalterno de la Policía Federal. Art. 2º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. LANUSSE Arturo Mor Roig.