Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6276
Ley 6276/1960 - INCREMENTANDO EL PRESUPUESTO EJERCICIO 1959-1960 CON DESTINO AL PAGO DE BONIFICACIONES DE PERSONAL DE LA DIRECCION DE OBRAS SANITARIAS.
LEY 6.276 Bonificaciones a personal de la Dirección de Obras Sanitarias ; El Senado y Cámara de Diputados de*la provincia de Buenos Aires, | sancionan con fuerza de | . LEY: . . Art. 19 Increméntase en la syma de trece millones quinientos . mil pesos moneda nacional ($ 13.500.000 %), el Anexo V, Grupo 19, Item 7, Inciso 1%, Partida Principal 4, Parcial 5, Presupuesto 1959-1960, ' con destino al pago de las bonificaciones otorgadas al personal de . i la Dirección de Obras Sanitarias, por el convenio celebrado con el | Ministerio de Obras Públicas, el dia 8 de marzo del año en curso. | Art. 29 Los fondos que se arbitran por la presente ley se toma- rán de Rentas Generales. Art. 39 Comuníquese al Poder Ejecutivo. | Dada en la Sala -de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de I Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos sesenta, . - : ESTANISLAO F. PIOADO. ARTURO A. CROSETTI. ! Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la O, de DD, Secretario del Senado. Departamento de Obras Públicas. La Plata, 3 de agosto de 1960. Cúmplase, comuníquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, publíquese y archivese.. : ALENDE. Horacio J. Zusrt. * Decreto N? 8.263, : Registrada bajo el número seis mil dosciertos sesenta y seis 46.266). i y Fuurs Díaz O'KELLY. TRAMITE LEGISLATIVO : Proyecto del Poder Ejecutivo, entrado en Diputados el 2 de junio de 1960. Aprobado el 7 de julio de 1960. - . Sancionada por Senado el 21 de julio de 1960. Promulgada el 3 de agosto de 1960. . . . Publicada en el “Boletín Oficial” el 10 do agosto de 1360. . : . . 1 “en dá . . °