Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8190
Ley 8190/1974 - CONSTRUCCION DE CONDUCTO DESVIADOR EN LAS CUENCAS DE LOS ARROYOS PAVON Y GAUTO DE SAN ISIDRO.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/08/1974
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 8190 LEY 8190 Construcción de conducto desviador en las cuencas de los arroyos Pavón y Gauto. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Incorpórase al Plan de Trabajos Públicos para el año 1974, la construcción del conducto desviador de las cuencas superiores de los arroyos Pavón y Gauto, desembocando en el río de la Plata. ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo preverá en el Presupuesto para el año 1974 los créditos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.