Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6303
Ley 6303/1960 - ACORDANDO BONIFICACION AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL DE BOSQUES.
Ley 6303 LEY 6303 Acordando bonificación al personal de la Administración Provincial de Bosques . EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Acuérdase a todo el personal de la Administración Provincial de Bosques del Ministerio de Asuntos Agrarios, cualquiera sea su situación de revista y que presta servicios en los establecimientos de la zona atlántica, a saber: Mar del Plata, Miramar, Necochea y San Clemente del Tuyú: una bonificación mensual de un mil quinientos pesos moneda nacional ($ 1.500 m/n ), a partir del 1º de octubre de 1959 hasta el 30 de septiembre del año 1960. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo a Rentas Generales y con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.