Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7714

Ley 7714/1971 - (DEROGADA POR LEY 8649) FACULTANDO AL PODER EJECUTIVO A DESIGNAR CON CARACTER TITULAR AL PERSONAL DOCENTE QUE REUNA LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ESTATUTO DEL MAGISTERIO.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 14/06/1971
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

: LEY 7.714 Le ry Facúltase al P.E. a designar con carácter dé titular al Personal Docente que reúna los requisitos exigidos por el Estatuto del Magisteri0.- LEY: Art. 1°. Facúltase al Poder Ejecutivo a designar con carácter titular al personal docente que a la finalización del período lectivo del año 1970 se hubiere desempeñ..do con carécter p.ovisional en c2rgos d rectivos o como profesores, instructores de trlier, precep- tores, pañoleros y bibliotecarios en establecimientos de enseñanza “étnica del Ministerio de Educación de: la provincia «de Buenos Ai- res y que reúna los requisitos exigidos por el Estatuto del Magiste- rio y los ‘que determine la reglamentación, de la presente ley. ; Art. 22 Las designaciones autorizadas por la presente ley sólo poúrán efectuarse en cargos vigentes en las plantas orgánico-fun- cionales aprobadas para el año 1970. Art. 3°*Autorizase al Poder Ejecutivo a reglamentar la presen- te ley. Art. 42 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Of.cial” y aichivese. RIVARA. . J. DE SAN Martin, R. LUMI, °C. A. BENAVIDES, J. H. R. QUESTA, A. G. TacLIaBÚE, O. E. BLASCO. Registrada bajo el número siete mil setecientos catorce (7.714), _ —J/DE SAN MARTÍN. Boletín Oficial 14/6/1971.