Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 304
DELEGACIÓN - MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - FACULTAD DE DICTAR RÉGIMEN DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ANUAL - PERSONAL COMPRENDIDO EN ARTÍCULOS 4 Y 39 LEY 471 - APRUEBA FORMULARIOS - DEROGA DECRETO 352-14
VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5.460 (textos consolidados por Ley N° 5.666) y 5.960, el Decreto 352/14, las Resoluciones Nros. 2.777/MHGC/2010, 2.778/MHGC/2010, 2.779/MHGC/2010, las Actas de Negociación Colectivas N° 17/13 instrumentada por Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18 y 19/17 instrumentada por Resolución N° 625/MEFGC/18, el Expediente N° -25357487-DGDSCIV-2018, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 471 se sancionó la "Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", constituyendo ésta el régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, dependiente del Poder Ejecutivo, incluyendo entes jurídicamente descentralizados y sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas, con excepción de aquellos trabajadores que se encuentren comprendidos en el régimen de la Ley Nacional N° 20.744; Que asimismo, la norma precitada, exceptúa de su aplicación al Jefe y Vicejefe de Gobierno, los Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Directores Generales y los titulares de los entes descentralizados, al personal que preste servicios en la Legislatura y en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Procurador General, al Síndico General, a los Auditores Generales de la Ciudad, al Defensor del Pueblo y sus Adjuntos; Que el artículo 10 de la Ley N° 471 establece las obligaciones de los trabajadores dependientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellas, la de someterse a las evaluaciones anuales de desempeño realizadas por la autoridad competente; Que, por su parte, el artículo 36 de la referida norma se establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la Carrera Administrativa para los trabajadores de planta permanente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con sujeción a los principios que menciona, entre los que se indica la evaluación de desempeño anual de los trabajadores; Que el artículo 38 del mismo cuerpo legal dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará el régimen de evaluación de desempeño anual de los trabajadores respetando los convenios colectivos, debiendo garantizarse la imparcialidad de la evaluación y el derecho a recurrir los resultados de la misma; Que, asimismo, en el artículo 39 de la Ley N° 471 se establece que el Poder Ejecutivo reglamentará un Régimen Gerencial para los cargos más altos de la Administración Pública sobre la base de los criterios de ingreso por riguroso concurso público abierto de antecedentes y oposición, estabilidad por un plazo de cinco años, con sujeción a evaluaciones de desempeño anuales, cese en la estabilidad y extinción automática de la relación de empleo público para el supuesto de una evaluación negativa; Que por Resoluciones Nros. 2.777/MHGC/2010, 2.778/MHGC/10 y 2.779/MHGC/10 se instrumentaron los Convenios Colectivos de Trabajo que complementan la Ley Marco que rige las relaciones de empleo público, en los que se han plasmado preceptos sobre los cuales debe organizarse la evaluación de desempeño laboral; Que por Decreto N° 352/14 se aprobó el Régimen de Evaluación de Desempeño anual aplicable al personal comprendido en el artículo 4° de la Ley N° 471 y al Régimen Gerencial; Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en virtud de la Ley N° 5.460 y modificatoria 5.960, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas el diseño e implementación de la carrera administrativa, así como del régimen gerencial o cualquier régimen especial establecido en la Ley N° 471 y el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, se aprobó el Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al personal del Escalafón General de la Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, al personal del Escalafón General de los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares, comprendidos en el Anexo IV del Decreto N° 671/ 92, modificado por el Decreto N° 1.880/92, y al personal dependiente de las comunas; Que por Acta de Negociación Colectiva N° 19/17, instrumentada por Resolución N° 625 /MEFGC/18 se implementó la Nueva Carrera Administrativa a partir del 1° de julio de 2018; Que a raíz de la aprobación e implementación del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa corresponde derogar el Decreto N° 352/14, y establecer un Régimen de Evaluación de Desempeño acorde; Que a los efectos de mayor celeridad, eficacia y eficiencia en la gestión de gobierno, se considera oportuno que el Ministro de Economía y Finanzas establezca el Régimen de Evaluación Anual de Desempeño y los formularios de evaluación; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Delégase en el señor Ministro de Economía y Finanzas la facultad de dictar el Régimen de Evaluación de Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 39 de la Ley N° 471, como asimismo la de aprobar los Formularios de Evaluación de Desempeño y las Disposiciones Particulares del mismo. Artículo 2°.- Derógase el Decreto N° 352/14 y su normativa reglamentaria, complementaria y modificatoria. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios del Poder Ejecutivo, a la Vicejefatura de Gobierno y a la Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Mura p/p Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTADA POR RESOLUCIÓN 2291 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS <p>Art. 1 de Resolución 2291-MEFC-18 aprueba el Régimen de Evaluación de Desempeño Anual y aprueba Formularios en virtud de las facultades delegadas por Decreto Nº 304/2018</p> DEROGA DECRETO 352 2014 <p>Art. 2 del Decreto 304-18 deroga el Decreto 352-14.</p>