Nación · Ley N° 12111

Ley 12111 - NUEVO REGIMEN DE LICENCIA POR MATERNIDAD PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

Estado no verificadoSanción: 30/09/1934Publicación B.O.: 30/11/1934Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley N° 12.111. Licencia a las empleadas dependientes del Estado antes y después del alumbramiento. POR CUANTO: El Senado y Cámara, de Dipulados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan: con fuerza de Ley : Artículo 1.° — Las empleadas y obreras dependientes del Estado gozarán de una licencia de seis semanas, anteriores y posteriores al alumbramiento, serán, mantenidas en su puesto y recibirán el sueldo y salario íntegro durante la licencia . Art. 2.° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 30 de septiembre de mil novecientos treinta v cuatro. JULIO A. ROCA                MANUEL A. FRESCO Gustavo Figueroa             Carlos G. Bonorino Registrada bajo el N° 12.108 -