Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13114

Ley 13114/2003 - MODIFICA LEY 10416 (EJERCICIO PROFESIONAL DE INGENIEROS DE LA PCIA.DE BS.AS.).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/12/2003
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Ley 13114 LEY 13114 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el inciso 17) del artículo 26 y el inciso 13) del artículo 44 de la Ley 10.416 -texto según Ley 10.698- por los siguientes: “Artículo 26: Inciso 17): Establecer, con aprobación de la Asamblea, el monto y la forma de hacer efectiva la cuota de colegiación prevista en el artículo 2º inciso 4), como así el porcentaje de aporte a aplicar sobre el honorario correspondiente a los matriculados por cada ejercicio profesional. Este último aporte, previsto en el artículo 6º bis, deberá depositarse en el momento de la visación previa, o en la percepción judicial de honorarios regulados en juicio.” “ Artículo 44: Inciso 13): Establecer el monto y la forma de hacer efectiva las cuotas de colegiación y el porcentaje sobre el honorario correspondiente al matriculado por cada ejercicio profesional, ad referéndum de la Asamblea.” ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.