Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6591

Ley 6591/1961 - (DEROGADA POR DEC-LEY 5859/63) DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION, INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE SARANDI, PARTIDO DE AVELLANEDA, CON DESTINO A SER VENDIDO EN FORMA DIRECTA AL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CRAMER,.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 03/11/1961
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

— 118 — 1 LEY N° 6.591 Ñ Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, inmueble ubicado en la localidad de Sarandí, partido de Avellaneda Departamento de Economía y Hacienda. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de d LEY Art. 19 Declaranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las parcelas del inmueble ubicado en la calle Chenault, entre Pila | y Emilio Zola denominado catastralmente como parcelas 16 y 17, | Manzana 3, Sección T, Circunscripción I, de propiedad de Gómez H y Maiocchi Pedro Eusebio, Zaira Estela, Saúl Héctor, Julio Amé- rico, Zulma Raquel, Aníbal Mario, Marta Susana y Maiocchi An- : tonia Lucía de Gómez; Parcela 18, Manzana 3, Sección T, Circuns- cripcién I de propiedad de Octaviano Antonio y Gómez y Maiccchi j Julio Américo o quienes resuiten sus actuales propietarios, todas elias de la localidad de Sarandi, partido de Avellaneda. Art. 2° Facúltase al Poder Ejecutivo para que una vez incor- porado al Dominio del Estado, el inmueble que se expropia por i la presente ley, lo venda en forma directa al “Club Social y De- | portivo Crámer”, del partido de Avellaneda, para el desenvolvimien- to de sus actividades sociales, culturales y deportivas. | Art. 3% El precio de venta se establecerá teniendo en cuenta | el que resulte del juicio expropiatorio y todo otro gasto que el | Fisco deba satisfacer para el cumplimiento de la presente ley. El plazo de pago se fija en cinco años y será amortizable se- | mestralmente. Art. 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de Rentas Generales. Art. 5° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los once días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y uno, NARCISO YUGÁN. ARTURO A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD, Secretario del Senado. ! { La Plata, 26 de octubre de 1961. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. , ALENDE. ATILIO N. MOAYRO. Decreto N° 11.832. Registrada bajo el númere seis mil quinientos noventa y uno (8.591). Ferre Díaz O'KgLLY. 7 bl | => — IO co : : e = or