Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14327
Ley 14327/2011 - DECLáRESE A LA CIUDAD DE LA PLATA “CAPITAL PROVINCIAL DEL CANTO CORAL”.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/12/2011
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 14327 LEY 14327 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárese a la ciudad de La Plata “Capital Provincial del Canto Coral”. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil once.