Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6871

Ley 6871/1964 - CRÉASE UNA ESCUELA TÉCNICA DE CAPACITACIÓN, TURNO NOC­TURNO, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ENSEÑANZA MEDIA Y VOCA­CIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN LA CIUDAD DE JUNÍN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/11/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6871 LEY 6871 Creación de Escuela Técnica de Capacitación en la ciudad de Junín. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Créase una Escuela Técnica de Capacitación, turno noc­turno, dependiente de la Dirección de Enseñanza Media y Voca­cional del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Junín. ARTÍCULO 2.- Dicho establecimiento funcionará en el local de la Es­cuela Primaria Nº 1, dependiente de la Dirección General de Es­cuelas, ajustándose a los planes de estudio de los establecimientos similares actualmente en funcionamiento en la Provincia. ARTÍCULO 3.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.