Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6871
Ley 6871/1964 - CRÉASE UNA ESCUELA TÉCNICA DE CAPACITACIÓN, TURNO NOCTURNO, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ENSEÑANZA MEDIA Y VOCACIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN LA CIUDAD DE JUNÍN.
Ley 6871 LEY 6871 Creación de Escuela Técnica de Capacitación en la ciudad de Junín. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Créase una Escuela Técnica de Capacitación, turno nocturno, dependiente de la Dirección de Enseñanza Media y Vocacional del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Junín. ARTÍCULO 2.- Dicho establecimiento funcionará en el local de la Escuela Primaria Nº 1, dependiente de la Dirección General de Escuelas, ajustándose a los planes de estudio de los establecimientos similares actualmente en funcionamiento en la Provincia. ARTÍCULO 3.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.