Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14452
Ley 14452/2013 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD Y PARTIDO DE MERLO CON DESTINO AL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE ENSEñANZA MEDIA Nº 17, ESTABLECIMIENTO DE EDUCACIóN PúBLICA DE GESTIóN ESTATAL.
Ley 14452 LEY 14452 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad y partido de Merlo, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Manzana 484, Parcela 2a, inscripto su dominio en la Matrícula 36.483 a nombre de Rosa Esther Landaburu de Aranguren y otros, y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios ARTÍCULO 2º: El inmueble citado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires con destino al funcionamiento de la Escuela de Enseñanza Media Nº 17, establecimiento de educación pública de gestión estatal. ARTÍCULO 3º: Exceptúase a la presente de lo establecido en el artículo 47 de la Ley N ° 5708 -Ley General de Expropiaciones ( T.O . según Decreto N° 8.523/86)- estableciéndose en cinco (5) años el plazo para considerar abandonada la expropiación, respecto del inmueble consignado en el artículo 1º. ARTÍCULO 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente. ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce.