Nación · Ley N° 18134

Ley 18134 - LEY COMPLEMENTARIA DEL DECRETO-LEY 21680 DE 1956

Estado no verificadoSanción: 28/02/1969Publicación B.O.: 28/02/1969Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 18.134 LEY COMPLEMENTARIA DEL DECRETO-LEY 21680 DE 1956 BUENOS AIRES, 28 de febrero de 1969 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1.- La contribución establecida en el apartado a) del artículo 16 del decreto ley 21.680/56 modificado por las leyes 15 273 y 15.429 y decreto ley 1.120/63 se aplicará a los productos y subproductos de la agricultura y de la ganadería, inclusive a aquellos que hayan experimentado transformaciones de su estado primario, de acuerdo con las planillas en anexo que forman parte de la presente ley. Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA - Adalbert Krieger Vasena