Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 347

SE DESIGNA - DIRECTORA MÉDICA - ALEJANDRA MARÍA GALETTI - HOSPITAL INFANTO JUVENIL DOCTORA CAROLINA TOBAR GARCÍA - MINISTERIO DE SALUD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 11/10/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.035, el Decreto N° 280/19, el Expediente Electrónico N° 25509747-GCABA-DGAYDRH/19, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 280/19, se le aceptó la renuncia, a partir del 29 de octubre de 2018, al Dr. Guillermo Fabián Vega, CUIL N° 20-14435627-7, como Director Médico, con carácter interino, del Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García" del Ministerio de Salud; Que en consecuencia, la señora Ministra de Salud propone la designación, a partir del 1° de julio de 2019, de la Dra. Alejandra María Galetti, DNI N° 12.714.526, CUIL N° 27- 12714526-7, como Directora Médica, con 44 horas semanales, del Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García" dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 6.035 de Profesionales de Salud; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de julio de 2019, a la Dra. Alejandra María Galetti, DNI N° 12.714.526, CUIL N° 27-12714526-7, como Directora Médica , con 44 horas semanales de labor, del Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 6.035 de Profesionales de la Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe de Departamento Psiquiatría y Psicoterapias, en carácter de Titular, con 40 horas semanales de labor, partida 4023.0040.MS.17.004 (P62) del citado Hospital. Artículo 2 °.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental y Escribanía General ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Miguel