Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 4004

Decreto-ley 4004/1956 - (DECRETO-LEY 4004/56)SUSPENDE POR 30 DIAS LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 5660.PERSONAL DE IMPRESIONES OFICIALES. (VER DEC-LEY 4954/56)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/04/1956
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DECRETO-LEY N? 4.004 La Plata, 21 de marzo de 1956. Visto el expediente 2.200-7.483, año 1956, por el cual el Director de Impresiones Oficiales, solicita la suspensión de los efectos de la ley 5.660, en lo que se refiere al personal y que se lo declare en co- misión para proceder a la reorganización de la repartición, y — Considerando: Que la. Intervención Nacional ya ha expuesto en el decreto 2.652, de fecha 29 de febrero de 1956, su pensamiento en el sentido de que gran parte de la legislación dictada por los gobiernos que obedecían a la inspiración del régimen depuesto, tuvieron como propósito ase- gurar privilegios y beneficios a grupos o círculos que les respondían ciega y sumisamente para los fines de prolongar su predominio, Que de esa manera el principio de la estabilidad y escalafón para los empleados públicos, prestigiados por campañas de honrosa trayectoria, fué usado para consolidar situaciones preexistentes o creadas deliberadamente. Que la ley 5.660, podría ser un obstáculo para el cumplimiento de la finalidad tenida en cuenta en la investigación en trámite y en la que se ha llegado ya a conclusiones que hicieron necesaria la inter- vención dispuesta por decreto 1.383, del corriente año. Que, asimismo, durante el régimen depuesto por la Revolución , Libertadora, se integraron los cuadros técnicos y administrativos con — 169 — elementos fieles al sistema totalitario, los que de acuerdo a la letra de la ley 5.660, resultarían protegidos y, en cambio, carecían de am- paro quienes fueron declarados cesantes o exonerados, por defender el derecho inherente a la personalidad humana de tener ideas pro- pias, de expresarlas y de resistir cualquier tipo de coacción. Que, por lo tanto, es de necesidad impostergable, efectuar la reorganización de la Dirección de Impresiones Oficiales, con un cri- terio de justicia, para reparar las arbitrariedades y abusos come- tidos y dotar a dicha repartición de elementos que por sus antece- dentes, idoneidad y conducta cívica, sean aptos para darle el impulso nuevo y progresista, posible en el clima de libertad y responsabilidad que vive el país, En consecuencia, atento el dictamen producido por el señor Asesor General de Gobierno, el Interventor Federal de la provincia. de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Suspéndense por 30 dias las disposiciones de la ley 5.660,. en cuanto se refieren a estabilidad, egreso y escalafón del personal de la Dirección de Impresiones Oficiales, de la provincia de Buenos. Aires. ~ Art. 22 Declárase en comisión a todo el personal de la mencionada. repartición, por el término de treinta (30) días. Art, 32 Autorízase al Director de Impresiones Oficiales, con fa- cultades de Interventor, para que proceda dentro del término fijado. en el artículo segundo a proyectar la reorganización de dicha Depen- dencia y someterla a consideración de esta Intervención Federal. Art. 49 El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. Art. 59 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. BONNECARRERE. M. A. ARANDA, E. CorTEs, E. G. AGUILERA, RODOLFO A. EYHERABIDE, JUAN Canter, I. C. ZUBERBUHLER.