Nación · Ley N° 26029

Ley 26029 - MODIFICASE EL ARTICULO 42 DE LA LEY NRO. 25.986.

Estado no verificadoSanción: 06/04/2005Publicación B.O.: 06/05/2005Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

#I57650I# CODIGO ADUANERO Ley 26.029 Modifícase el artículo 42 de la Ley Nº 25.986. Sancionada: Abril 6 de 2005 Promulgada de Hecho: Mayo 5 de 2005 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 42 de la Ley Nº 25.986, que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 42. — Sustitúyese el artículo 1126 de la Ley Nº 22.415 y sus modificatorias (Código Aduanero), por el siguiente: Artículo 1126. — La ejecución judicial prevista en el artículo 1125 tramitará por el procedimiento y demás modalidades establecidos en la Ley de Procedimiento Tributario. Las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación resultarán de aplicación supletoria exclusivamente en los aspectos no reglados o contemplados en aquélla o en este Código. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL SEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.029 — EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan J. Canals.