Nación · Ley N° 13941

Ley 13941 - IMPUESTO ADICIONAL SOBRE LA VENTA DE BOLETOS DE SPORT EN HIPODROMOS

Derogada verificadaSanción: 13/09/1950Publicación B.O.: 23/10/1950Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 13.941 IMPUESTO ADICIONAL SOBRE LA VENTA DE BOLETOS DE SPORT EN HIPODROMOS BUENOS AIRES, 13 de septiembre de 1950 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY *ARTICULO 1. - Créase un adicional del seis por ciento (6 %) al impuesto establecido al producto de la venta de boletos de sport en las agencias de apuestas mutuas del Hipódromo Argentino de la Capital Federal, que será deducido por la institución autorizada, conjuntamente con la comisión y demás gravámenes que actualmente se encuentran en vigor, sin incurrir en el recargo previsto por la ley 11.242. ARTICULO 2.- El producido total del adicional que se crea por el artículo 1, se destinará a la Fundación de Ayuda Social María Eva Duarte de Perón. ARTICULO 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. QUIJANO - CAMPORA - Reales - González.