Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9565

Decreto-ley 9565/1980 - SUSTITUYE EL ARTICULO 1 DE LA LEY 9383, DONACION AL OBISPADO DE MAR DEL PLATA DE INMUEBLE.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/08/1980
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9565/1980 DECRETO-LEY 9565/80 LA PLATA, 28 de JULIO de 1980. VISTO lo actuado en el expediente número 4049-1337/78 y el Decreto Nacional número 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley 9383, por el ­siguiente: “Artículo 1.- Dónanse al Obispado de Mar del Plata los inmuebles que se describen a continuación con destino a templo, casa parroquial y actividades complementarias y anexas: A) Circunscripción I, Sección A, Manzana 85, Parcela 8, con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en el plano aprobado con característica 76-217-47, del Partido de Necochea. B) Circunscripción VI, Sección A, Chacra 49, Manzana 49 r, Parcela 24, con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en el plano aprobado con característica 45-404-48, del Partido de General Pueyrredón”. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.