Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5360

Ley 5360/1948 - (DEROGADA POR LEY 5634) VENTA DE LA ISLA DEL SARANDI AL CLUB NAÚTICO DE SAN ISIDRO.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 30/11/1948
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Ley 5360 DEROGADA POR LEY 5634 LEY 5360 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para vender al Club Náutico San Isidro, de la ciudad de San Isidro, el inmueble fiscal conocido por “Isla del Sarandí”, con una superficie de 45 hectáreas y limitada al Nord Oeste y Nord Este por el Río de la Plata; al Sud Este por el Canal de Acceso y al Sud Oeste por el Arroyo Sarandí. ARTÍCULO 2.- El precio y condiciones de venta los determinará el Poder Ejecutivo, debiendo dar cuenta del resultado de la operación a la Honorable Legislatura. ARTÍCULO 3.- Los fondos provenientes de ese acto ingresarán a Rentas Generales. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.