Nación · Ley N° 60

Ley 60 - DECLARA LA INCOMPATIBILIDAD DEL CARGO DE MINISTRO DE ESTADO, CON EL DE SENADOR O DIPUTADO.

Estado no verificadoSanción: 28/05/1856Publicación B.O.: 28/05/1856Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina LEY N° 60 Ley declarando la incompatibilidad del cargo de Ministro de Estado, con el de Senador ó Diputado. El Senado y la Cámara de Diputados, etc., etc. Art. 1° Declárase que en virtud del artículo 88 de la Constitución Nacional, es incompatible el cargo de Ministro de Estado con el de Senador ó Diputado. Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en el Paraná, Capital provisoria de la Confederación Argentina a veintiocho días del mes de Mayo de mil ochocientos cincuenta y seis. BALTAZAR SANCHEZ, Presidente. — Tomás Larguía , Secretario. Ministerio del Interior. Paraná, Mayo 30 de 1856. Téngase por Ley, publíquese y dése al Registro Nacional. — URQUIZA. — Santiago Derqui.