Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6858

Ley 6858/1964 - ADQUISICION DE UN CAMION DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ARRECIFES.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/11/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6858 LEY 6858 Adquisición de un camión de transporte para el personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Arrecifes. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000 m/n ), en la adquisición de un camión de transporte para el personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Arrecifes. ARTÍCULO 2.- Los recursos para atender el cumplimiento de la pre­sente Ley se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.