Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6146
Ley 6146/1959 - EXPROPIACIóN DE UN INMUEBLE PARA LA ESCUELA 17 DE CHASCOMúS.
Ley 6146 LEY 6146 Expropiación de un inmueble para la Escuela 17 de Chascomús. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble situado en la ciudad de Chascomús, partido del mismo nombre, designado según título como lotes 15 y 16, ubicados en la calle Belbeze entre las de Saavedra y Machado, y según Catastro como parcelas 13 y 14, manzana 105, sección B, circunscripción I de Chascomús, inscripto bajo el folio número 420 del año 1956, a nombre de Horacio Alberto Santi y José Domingo Maggi, Guía de Contribuyentes números 5.119 y 5.120, de ochocientos sesenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados (864,32 m 2 ) de superficie, a los efectos de ser destinado a la ampliación de la Escuela 17 del citado distrito. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo al correspondiente Plan Anual de Obras Públicas. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.