Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8307

Ley 8307/1974 - DONA AL ESTADO NACIONAL ARGENTINO, MRIO.DE BIENESTAR SOCIAL TIERRA FISCAL EN EL PARTIDO DE LOMAS DE ZAMORA, DESTINADA AL PLAN DE ERRADICACION DE VILLAS DE EMERGENCIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/12/1974
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8307 LEY 8307 Donando al Ministerio de Bienestar Social (Subsecretaría de Vivienda), sobrante de tierra fiscal en el Partido de Lomas de Zamora. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Dónase al Estado Nacional Argentino, Ministerio de Bienestar Social, (Subsecretaría de Vivienda), el sobrante de tierra fiscal ubicado en Villa Riachuelo, Paso de la Noria, Jurisdicción del Partido de Lomas de Zamora, identificado catastralmente como: Cir­cunscripción XII, Sección D, Fracción IV, Parcela 1, compuesto de una superficie de diez mil seiscientos cuarenta y un metros cuadra­dos con dieciséis decímetros cuadrados (10.641,16 m 2 ), con la situa­ción, dimensiones y linderos que se consignan en el plazo aprobado con característica 63-361-73, con destino a viviendas definitivas del Plan de Erradicación de Villas de Emergencia, Ley 17605. ARTÍCULO 2.- Si se cambiare el destino impuesto por el artículo 1º, se operará la caducidad del acto y reversión del dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.