Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11548

Ley 11548/1994 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE NECOCHEA PARA LA ESCUELA AGROPECUARIA DE RAMON SANTAMARINA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/11/1994
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11548 LEY 11548 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Ramón Santamarina, partido de Necochea, individualizado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 125, Parcela 7b, inscripto su dominio al F° 117/47 y las DH 10.529/61, DH 8.155/66, DH 1.305/72, a nombre de Felisa Isabel Leandra, Gregoria Juana, Rafaela, Luis Tomás y Angel Martínez Ramos, Dimas Pedro, Alberto José y Estela Martínez Bernardon, y Dolores estela Bernardon de Martínez y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Escuelas y Cultura, para ser destinado a la Escuela Agropecuaria de Ramón Santamarina, partido de Necochea, donde funciona actualmente. ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán afectados a la cuenta de rentas generales del presupuesto del año que corresponda. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.