Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12666

Ley 12666/2001 - (DEROGADA POR LEY 13064) MODIFICASE EL ARTÍCULO 186 DE LA LEY 12607 (LEY INTEGRAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y EL JOVEN)

Derogada verificadaPublicación B.O.: 20/04/2001
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Ley 12666 DEROGADA por Ley 13064. LEY 12.666 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º - Modifícase el Art. 186 de la Ley 12.607, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 186 - Las causas en trámite por ante los actuales Juzgados de Menores y las que se inicien hasta la entrada en vigencia del régimen procesal establecido en esta Ley, continuarán hasta su finalización, por ante el Juez interviniente aplicándose los procedimientos establecidos en las disposiciones del Decreto Ley 10.067/83”. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los quince días del mes de marzo del año dos mil uno. FELIPE C. SOLA Presidente H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado ALDO O. SAN PEDRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 904 La Plata, 10 de abril de 2001. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS (12.666). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación