Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8060

Decreto-ley 8060/1973 - MODIFICA LEY 7764 (LEY DE CONTABILIDAD).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/05/1973
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 8060/1973 DECRETO-LEY 8060/73 Modificando el tercer párrafo del artículo 19 de la Ley 7764. LA PLATA, 10 de MAYO de 1973. VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por De­creto 717/71, artículo 1º, apartados 1.1 y 1.5., y las políticas nacio­nales 129 y 131, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Modifícase el tercer párrafo del artículo 19 de la Ley 7764, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Las órdenes de pago caducarán al cierre del ejercicio siguiente al de su fecha de emisión, y en caso de reclamación del acreedor dentro del término fijado por la Ley común para la prescripción, deberá preverse la cancelación de la deuda con afectación a los créditos que al respecto contemple el Presupuesto del Ejercicio en que se formule el reclamo; no habiendo crédito disponible, éste deberá contemplarse en el pri­mer presupuesto posterior”. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.