Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 378

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DEL DECRETO 378-19 RECHAZA RECURSO CONTRA LA  RESOLUCIÓN 740-MJYSGC-16, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/11/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por la Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/18, las Resoluciones N° 740/MJYSGC/16 y 397/MJYSGC/2017, los Expedientes N° 18953096/MGEYA- SICYPDP/16 y N° 25271495/MGEYA-PMCABA/16 y N° 4041268/MGEYA-JPCDAD/17 y N° 30669973/MGEYA-DSG/18, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto por el ex Oficial Ángel Sebastián Vera (DNI N° 34.480.464), contra la Resolución N° 740/MJYSGC/16, mediante la cual se dispuso la baja obligatoria del Oficial; Que, por Resolución N° 397/MJYSGC/2017, el entonces ministro de Justicia y Seguridad, desestimó el recurso de reconsideración articulado por el señor Ángel Sebastián Vera de conformidad con los fundamentos allí expresados; Que con fecha 18 de diciembre de 2018 se notificó al recurrente la resolución previamente mencionada; Que con fecha 17 de enero de 2019 se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución N° 397/MJYSGC/2017 que sirvieron de base para rechazar el recurso de reconsideración deducido; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad mediante el Dictamen Jurídico IF- 2019-14762175-GCABA-DGSUM corresponde desestimar el recurso incoado; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración que fuera interpuesto oportunamente por el ex Oficial Ángel Sebastián Vera (DNI N° 34.480.464) contra los términos de la Resolución N° 740/MJYSGC/2016. Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel