Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9068

Decreto-ley 9068/1978 - ADHIÉRESE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LA LEY NACIONAL NÚMERO 21581, A LOS EFECTOS DEL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN PREVISTA POR EL ARTÍCULO 3 INCISO B) DE LA CITADA LEY.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/07/1978
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Decreto-ley 9068/1978 DECRETO-LEY 9068/78 LA PLATA, 29 de MAYO de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-404/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 2.5. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades ­legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional número 21581, a los efectos del pago de la contribución prevista por el artículo 3 inciso b) de la citada Ley. ARTÍCULO 2.- La adhesión a que se refiere el artículo precedente alcanza a los organismos centralizados y descentraliza­dos de la Provincia y de las Municipalidades y al Banco de la Provincia de Buenos Aires, y, es de aplicación por las remuneraciones a su respectivo cargo, que correspondan desde el 1° de Enero de 1978. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.