Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6419
Ley 6419/1960 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y EXPROPIACION, FRACCIONES DE TIERRA UBICADAS EN LA LOCALIDAD DE ADROGUE, PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN, CON DESTINO A LA CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO PARA LA ESCUELA 34.
LEY 6.419 Expropiación de terreno para la Escuela N° 34 de Almirante Brown, en Adrogué El Senado y Cámare de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de : , LEY Art. 19 Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de tierra ubicadas en la localidad de Adrogué, partido de Almirante Brown, que a continuación se detallan: a) Circunscripción 11, Sección A, Manzana 130, Parcela 3, según catastro, con una superficie de cuatrocientos trece metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (413,40 m2), de propiedad de Miguel Angel Balza, dominio inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 178, del año 1958; b) Circunscripción IT, Sección + Manzana 130, Parcela 4, según catastro, cor. une superficie de cuatrocientos trece metros cuadrados ecn cuarenta decímetros cuadrados (413,40 m2.), de propiedad de Indalecio López y Elvira Noya, dominio ins- eripto en el Registro de la Propiedad al folio 179, del año: 1958; e) Circunscripción II, Sección A, Manzana 130, Parcela 21, según catastro, con una superficie de trescientos metros cuadiados. (300 m2.), de propiedad de Gladis Rosa Veintemilla de D'Ama- to, dominio inscripto en el Registro de la Propiedad al folio número 196, del año 1960. Dichas tierras serán destinadas a I sonstrucción de! edificio para. la Escuela número 34 del distrito. Art. 29 Aféctase, igualmente, con el destino establecido en el ar- tículo anterior, la fracción de tierra fiscal ubicada en la misma lo- calidad y partido, designada catastralmente como circunscripción II,.
Sección A, Manzana 130, Parcelas 1, 2, 22, 23 y 24.
Art. 3° El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. Art. 4% Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos: 5 Aires, en la ciudad de La Plata, a treinta días del mes de octubre de mil novecientos: sesenta. Hforor PORTERO, ARTURO A. CROSETTI, Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado. mm Li Departamento de Educación. La Plata, 30 de noviembre de 1960. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. ALENDE. ATAÚLFO PÉREZ AZNAR. Decreto N° 13.624. Registrada bajo el número seis mil cuatrocientos diecinueve 6.419). Faux Dfaz O'KaLLY. TRAMITE LEGISLATIVO Proyecto del diputado Portero, entrado en Diputados el 25 de octubre de 1960. Aprobado el 29 de octubre de 1960. Sancionada por Senado el 30 de octubre de 1960. - Promuigada el 30 de noviembre de 1960. Publicada en el “Boletín Oficial” el 7 de diciembre de 1960. b | —2— |