Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 5715

Decreto-ley 5715/1957 - (DEC-LEY 5715/957)CREANDO CINCO TRIBUNALES DEL TRABAJO EN VARIAS CIUDADES,REFORZANDO EL NUMERO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EN EL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº5178(T.O)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/05/1957
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‘| E ] —_— | DECRETO-LEY N?* 5.715 | reando cinco Tribunales del Trabajo en varias ciudades, reforzando | el número de los establecimientos en el artículo 2° de la Ley nú- | ‘ mero 5.178 (T. O.). | La Plata, 17 de abril de 1957. ! Visto, él expediente número 2.200 - 14.156, año 1956, por el que ; i ‘a Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la Provincia, solicita | | | 1 | | i p | , | r ry | - | . i | i — 844 — AR i A MM reformas a las leyes que en la actualidad organizan la Justicia del 1 4 MM \ Trabajo, mediante modificación, por refuerzo, de la magistratura A. | laboral con asiento en las ciudades de Avellaneda, Lanús, San Mar- MM a tín, Morón y Mar del Plata, que considera indispensable y de ur- | | ll gencia, a cuyo efecto propicia la creación de un Tribunal de Tra- | | | bajo con asiento en cada una de esas localidades, y — i yi Wi | Considerando: | ] i i Que es función de gobierno propender, por los medios a su al- 1 j cance, al mejoramiento de la justicia. en todos sus aspectos y esti- y mando que haciéndose efectivo el propósito enunciado, propiciado q por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, dicha medida. ' ha de redundar en beneficio de la tarea específica de la rama labo- it zal del Poder Judicial, corresponde modificar, en cuanto a su núme- ro, el artículo 2%, de la ley número 5.178 (T. O.), creando los referi- am dos tribunales. q iif i ] | Que atento los informes técnicos contables producidos, los dictá- MM menes legales expedidos y teniendo en cuenta lo establecido en lcs ar- i i 4 tículos 3°, inciso f), 9°, 10° y 56%, de la Ley de Contabilidad núme- l i} to 5.351 (T. O. 1952), el Interventor Federal de la provincia de Bue- ] | ih nos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — if | | | DECRETA CON FUERZA DE LEY: o | | | . Art. 19 Créanse cinco tribunales del Trabajo, que tendrán, cada EN i! uno, asiento en las ciudades de Avellaneda, Lanús, San Martin, Mo- : rón y Mar del Plata, reforzando el número de los establecidos en el ] | | artículo 2°, de le ley número 5.178 (T. O.). ' ! i Art, 2° El gasto que demande la instalación y funcionamiento de iif é | los tribunales creados por el artículo 1%, que en el año 1957, importa ¡ i ia suma total de tres millones seiscientos treinta y dos mil doscientos i i i E { pesos moneda nacional ($ 3.632.200 ™4), será atendido mediante re- 1 | A estructuración del actual Presupuesto del Poder Judicial, en la can- | 1 MN tidad de un millón trescientos diez mil cuatrocientos pesos moneda, H | al nacional ($ 1.310.400 ™4), y con fondos de Rentas Generales el saldo ia | \ de dos millones trescientos veintiún mil ochocientos pesos moneda 4 | td nacional ($ 2. 321.800 ™4), por ampliación de los artículos 1° y 29, Item Ml | | 8, de ese Presupuesto. | Mh | | | i / Art. 32 El presente decreto-ley será refrendado por todos los 1 ou | 4 ministros, en Acuerdo General. | ¿| i Art. 42 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Ofi- i of | ‘ cial” y, a sus efectos, remitase a la Contaduria de la Provincia. Opor- | Wy | I tunamente, hagase saber a la Honorable Legislatura. i. . BONNECARRERE. | H | Juan R. AGUIRRE LANARI, E. Cortés, { if | 1 JAIME E, Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE. t | ¡ E. Z. DE DECURSEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR. ly ae. | NN : | i mei i | | i | ó Y | sl