Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 350

SE MODIFICA - DECRETO 203-16 - ESTABLECE MONTO DE APLICACIÓN - DECRETO 481-11 - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES - OBRAS PÚBLICAS MENORES - CONTRATACIÓN DIRECTA Y LICITACIÓN PRIVADA - NIVELES DE DECISIÓN Y CUADRO DE COMPETENCIAS - PLAZOS DE PUBLICIDAD  - PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DE LICITACIÓN PÚBLICA DE OBRA PÚBLICA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/10/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 13.064, la Ley N° 70, los Decretos Nros. 1.254/08, 663/09, 481/11, y 203/16 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2019- 30527112-GCABA-DGCL, y CONSIDERANDO: Que la cláusula transitoria segunda de la Ley N° 70 establece que "Hasta tanto se sancione una Ley que regule el sistema de contrataciones del Estado y que organice la administración de sus bienes, continuará rigiendo la normativa vigente a la fecha de la sanción de esta Ley"; Que en virtud de la citada normativa, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra vigente el Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional N° 13.064 al momento de la sanción de la Ley N° 70; Que, de conformidad con el marco jurídico precitado, el Decreto N° 203/16 en su artículo 1° estableció el monto de aplicación del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Públicas Menores; Que el artículo 2° del Decreto N° 203/16 fijó los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección para la contratación de obra pública; Que los artículos 3° y 4° del Decreto N° 203/16 establecieron la escala de los límites para la realización de los procedimientos de selección de Contratación Directa de Obras Públicas de acuerdo a la causal del inciso b) del artículo 9° de la Ley Nacional N° 13.064 y el régimen de publicidad de los llamados a licitación pública respectivamente; Que, en atención al tiempo transcurrido desde que se dictó el Decreto N° 203/16, resulta procedente readecuar las pautas aludidas, manteniendo en todo lo demás, lo dispuesto por el Decreto N° 203/16. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Establécese que el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Públicas Menores, conforme las previsiones del inciso a) del artículo 9° de la Ley Nacional N° 13.064 y aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 481/11, es de aplicación a los procedimientos de selección de contratación directa y de licitación privada cuando el monto estimado a adjudicarse en la contratación no supere los pesos ocho millones ($ 8.000.000) y pesos trece millones ($ 13.000.000). Artículo 2°.- Sustitúyense el Anexo I y II del artículo 2° del Decreto 203/16 por el Anexo I (IF-2019-31594139-GCABA-DGTALMDUYT) y el Anexo II (IF-2019-31581013- GCABA-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- Sustitúyese el Anexo III del artículo 3° del Decreto N° 203/16 por el Anexo III (IF-2019-31580585-GCABA-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 4°.- Sustitúyese el Anexo IV del artículo 4° del Decreto N° 203/16 por el Anexo IV (IF-2019-31580325-GCABA-DGTALMDUYT), el que a todos sus efectos forma

parte integrante del presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, a la Sindicatura General de la Ciudad y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel