Nación · Ley N° 11841

Ley 11841 - OBJETO CUMPLIDO-APRUEBA EL ESTABLECIMIENTO DEL ESTADO DE SITIO Y FIJA FECHA DE TERMINACION

Estado no verificadoSanción: 15/06/1934Publicación B.O.: 06/07/1934Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley Nº 11.841 - Aprobando el estado de sitio dictado por decreto de 29 Ley Nº 11.841 - Aprobando el estado de sitio dictado por decreto de 29 de Diciembre de 1933. Buenos Aires, Junio 19 de 1934. Por cuanto, El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1º. - Apruébase el estado de sitio establecido por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 29 de Diciembre de 1933, y fíjase el día 15 de Julio del corriente año para terminación de aquél. Art. 2º. - Facúltase al Poder Ejecutivo a levantar el estado de sitio antes de la fecha preindicada y a realizar los gastos que pueda demandar el cumplimiento de esta ley, con imputación a la misma. Art. 3º. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a quince días del mes de Junio de mil novecientos treinta y cuatro. JULIO A. ROCA Gustavo Figueroa MANUEL A. FRESCO L. Zavalla Carbó Registrada bajo el Nº 11.841 Por tanto: Téngase por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese. JUSTO