Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5765

Ley 5765/1954 - MODIFICACION DE LA FECHA DE VIGENCIA DE LA LEY 5720, ADHESION A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NACIONAL 14060, DE CREACION DEL GRAVAMEN SUSTITUTIVO DEL IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA DE BIENES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/08/1954
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Ley 5765 LEY 5765 Modificación de la fecha de vigencia de la Ley Nº 5720. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 5720 de la forma siguiente: “Las reformas y modificaciones a que se alude en el artículo 2º re­girán para todas las transmisiones verificadas a partir del 31 de diciembre de 1951, o aún antes de esa fecha, si la transmisión hubiere ocurrido en el trascurso de un ejercicio alcanzado por el impuesto sustitutivo del gravamen a la transmisión gratuita de bienes y mientras se halle en vigencia la Ley Na­cional número 14060.” ARTÍCULO 2.- La modificación introducida en el artículo anterior se retrotrae en sus efectos a la fecha de vigencia de la Ley número 5720. ARTÍCULO 3 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.