Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6951

Ley 6951/1964 - CONSTRUCCION DE CENTRO CIVICO ADMINISTRATIVO EN EL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 21/12/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6951 LEY 6951 Construcción de Centro Cívico Administrativo en el Partido de Trenque Lauquen. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección A, Manzana 69, Parcela 13 a, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el folio 55 del año 1961, con destino a la construcción de un Centro Cívico Administrativo del Partido de Tren­que Lauquen. ARTÍCULO 2.- La presente Ley se apartará de lo dispuesto en el ar­tículo 4º de la Ley 5708 de Expropiaciones. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales, del Presupuesto de Capital vigente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.