Nación · Ley N° 21273
Ley 21273 - MODIFICACION PARCIAL DE LA ESTRUCTURA EN LO QUE SE REFIERE A LA SECRETARIA DE ESTADO DE COORDINACION Y PROMOCION SOCIAL
Reformas y relaciones normativas
2INFOLEG ORGANISMOS DEL ESTADO LEY Nº 21.273 Ministerio de Bienestar Social. Modificación parcial de la estructura en lo que se refiere a la Secretaría de Estado de Coordinación y Promoción Social. Bs. As., 29/3/76 VISTO lo propuesto por el señor Delegado de la Junta Militar en el Ministerio de Bienestar Social con referencia a la inadecuada estructura orgánica de la actual Secretaría de Estado de Coordinación y Promoción Social, y CONSIDERANDO: Que se requiere una modificación de dicha estructura basada en principios orgánicos a fin de lograr un ordenamiento funcional que permita un eficaz desempeño administrativo; Por ello, LA JUNTA MILITAR SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º — Eliminar la actual Secretaría de Estado de Coordinación y Promoción Social de la estructura orgánica del Ministerio de Bienestar Social. Art. 2º — Créase en el ámbito del Ministerio de Bienestar Social la Secretaría de Estado de Promoción y Asistencia Social y la Secretaría General del Ministerio de Bienestar Social, la cual dependerá directamente del señor Ministro y, a los efectos de su funcionamiento, tendrá un nivel equivalente de Secretaría de Estado. Art. 3º — La competencia de la mencionada Ex-Secretaría de Estado se desdoblará y distribuirá como mejor convenga entre los dos organismos creados. Art. 4º — La presente no deberá implicar un aumento de erogaciones ni personal. Art. 5º — La presente Ley tendrá vigencia a partir del día de sanción. Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA. MASSERA. AGOSTI.