Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 460

DEROGA - DECRETO N° 43/22 - DELEGA EN - MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA - PABLO JOSÉ BERECIARTUA - REPRESENTACIÓN LEGAL - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO - SBASE - REPRESENTACIÓN EN ASAMBLEAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS - EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA - AUSA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/12/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nros. 4.472 (texto consolidado por Ley N° 6.588), 3.060 y su modificatoria 6.085 y 6.684; los Decretos Nros. 43/22, 386/23 y 387/23, el Expediente Electrónico N° 46990145- GCABA-MIGC/23 y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo prevé el artículo 104, inciso 1), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno representa legalmente a la Ciudad, pudiendo delegar dicha atribución; Que, por medio de la Ley N° 3.060 y su modificatoria N° 6.085, se otorgó la concesión de obra pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires a la empresa Autopistas Urbanas S.A. (AUSA); Que, por su parte, la Ley N° 4.472 establece la regulación y la reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), teniendo como objetivo la prestación idónea, eficiente y de calidad del servicio público, la puesta en valor de las líneas ferroviarias de superficie y subterráneas existentes, el desarrollo de la infraestructura ferroviaria de superficie y subterráneas así como la seguridad operativa de la prestación del servicio público; Que, el artículo 4° de la citada Ley designa a Subterráneos de Buenos Aires S.E. (SBASE) como su Autoridad de Aplicación; Que, por Decreto N° 43/22 se delegó en la entonces Secretaria de Transporte y Obras Públicas, Lic. María Manuela López Menéndez, la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y la representación legal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE); Que, por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo artículo 2° contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Infraestructura; Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) entre los organismos Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Infraestructura; Que, por Decreto N° 386/23, se designó a partir del 10 de diciembre de 2023 al señor Pablo José Bereciartua D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20-22029186-4, como Ministro de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, atento lo expuesto, corresponde derogar el Decreto N° 43/22 y delegar las representaciones legales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante las referidas sociedades en el Ministro de Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua; Que, en virtud de todo lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el Decreto N° 43/22. Artículo 2°.- Delegar la representación legal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), en el Ministro de Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20- 22029186-4. Artículo 3°.- Delegar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA), en el Ministro de Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20-22029186-4. Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archívese. MACRI Bereciartua - Grindetti Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle DEROGA DECRETO 43 2022 <p>Artículo 1° del Decreto N° 460/23 deroga el Decreto N° 43/22.</p>