Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9316
Decreto-ley 9316/1979 - DECLáRANSE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIóN INMUEBLES UBICADOS EN LA CIUDAD DE MERCEDES LOS QUE SERAN DESTINADOS A LA CONSTRUCCIóN DE LA FUTURA SEDE DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MERCEDES.
Decreto-ley 9316/1979 DECRETO-LEY 9316/79 LA PLATA, 8 de MAYO de 1979 VISTO lo actuado en el expediente número 2200-7288/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1. - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, con todo lo plantado y adherido al suelo, los inmuebles ubicados en la ciudad de Mercedes, Partido del mismo nombre, designados catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 198, Parcelas 15b y 16a, cuyo dominio figura inscripto en el Registro de la Propiedad bajo las matriculas 6292 y 6805 del citado Partido, a nombre de Ramón José Cuesta., Héctor Herminio Cuesta, Adelma Leonor Cuesta y Martha Rosa Cuesta y de Carolina Intilángelo de Castarataro, respectivamente o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- Los inmuebles que se expropian por el artículo anterior, serán destinados a la construcción de la futura sede de las distintas dependencias del Departamento Judicial de Mercedes. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 1979 - Carácter 1 -Jurisdicción 03 - Unidad de Organización 1 - Item 01 - Finalidad 1 - Función 07 -Programa 01 -Sección 2 - Sector 05 - Partida Principal 08- Partida Subprincipal 3 - Partida Parcial 02. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.