Nación · Ley N° 229

Ley 229 - OBJETO CUMPLIDO-APRUEBA CONSTITUCION PROVINCIAL-APRUEBA LA CONSTITUCION DE ENTRE RIOS

Estado no verificadoSanción: 29/02/1860Publicación B.O.: 29/02/1860Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Aprobación de la Constitución de la Provincia de Entre Rios. Aprobación de la Constitución de la Provincia de Entre Rios. Ley Nº 229 El Senado y Cámara de Diputados de la Confederacion Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley: Art. 1°. Apruébase en todas sus partes la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, sancionada por su Convención Constituyente el 15 de febrero del corriente año 1860. Art. 2°. Comuniquese al Poder Ejecutivo. Sala de Sesiones del Congreso en el Paraná, Capital provisoria de la Confederación Argentina, a los veintinueve dias del mes de Febrero del año de mil ochocientos sesenta. SALUSTIANO ZAVALIA. Cárlos Maria Saravia. --Secretario. M. J. LUQUE. Benjamin de lgarsabal.--Secretario. Ministerio del Interior. Parana, Marzo 1°. de 1860. Téngase por ley, publíquese y dése al Registro Nacional. CARRIL.