Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10332
Ley 10332/1985 - SUBSIDIOS A LAS VIUDAS DE LOS DIPUTADOS DOMINGO E. CARDENAS Y GASTON CABIRON. DEROGA LAS LEYES 4712, 5595, 10152. (FALLECIDOS EN EJERCICIO DE SUS MANDATOS)
Reformas y relaciones normativas
2Ley 10332 LEY 10332 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Concédese a la señora María Ofelia Ricalde de Cárdenas viuda del Diputado Domingo Enrique Cárdenas, fallecido en ejercicio de su mandato, la suma de australes siete mil seiscientos treinta y cuatro (A 7.634), en carácter de subsidio. ARTÍCULO 2.- Concédese a la señora Delia Mercedes Sabatini de Cabirón, viuda del Diputado Gastón Cabirón, fallecido en ejercicio de su mandato, la suma de australes siete mil seiscientos treinta y cuatro (A 7.634), en carácter de subsidio. ARTÍCULO 3.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente ley se imputarán al presupuesto anual de gastos vigentes de la Honorable Cámara de Diputados. ARTÍCULO 4.- Deróganse las Leyes 4.712, 5.595, 10.152 y toda otra disposición legal que se oponga a la presente. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.