Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 74
SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE MCB - SUMARIO ADMINISTRATIVO 263-22 - PRECEPTORA - ESCUELA NORMAL SUPERIOR 6 - DISTRITO ESCOLAR 9 - APLICACIÓN MIA - CERTIFICADOS MÉDICOS - LICENCIA MÉDICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VISTO: La Ordenanza 40.593, las Leyes 1.218 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), el Decreto 3.360/68 y su modificatorio, la Resolución 3.641-MEDGC/22, el Expediente 17529629-GCABA-DGAMT/21, y CONSIDERANDO: Que por Resolución 3.641-MEDGC/22 se dispuso la instrucción del Sumario Administrativo 263/22 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder respecto de la situación irregular acaecida en ocasión de la solicitud de licencia médica efectuada por la agente M.C.B., quien se desempeña como preceptora en la Escuela Normal Superior 6 del Distrito Escolar 9, mediante la aplicación MIA, presentando certificados médicos presuntamente apócrifos de fechas 1 de diciembre de 2020 y 15 de diciembre de 2020; Que abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la agente M.C.B., quien hizo uso de su derecho a negarse a declarar en la audiencia fijada, labrándose el acta respectiva; Que, habida cuenta de las constancias obrantes, se le formularon los respectivos cargos administrativos; Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia, y acordó por unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como así también de su derecho a tomar vista del expediente para ofrecer prueba y efectuar su descargo, presentando esta su descargo formal ofreciendo prueba documental e informativa; Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente M.C.B. hizo uso del mismo; Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en su Dictamen Jurídico identificado como IF-2024-36262808-GCABA- DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, el descargo formulado por la agente, de las pruebas colectadas, el alegato, y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente M.C.B. por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 263/22 y con ello transgredir los deberes establecidos en el Artículo 6° incisos c, d y g de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su conducta en las previsiones del Artículo 36 inciso f del citado Estatuto del Docente; Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción aconsejada; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de Firma Conjunta identificado como IF-2024-39651372-GCABA-DGCDO, coincidiendo por unanimidad con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado la intervención de su competencia; Que conforme surge del expediente de la referencia, la agente no se encuentra amparada por el mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551; Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias obrantes en autos, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente M.C.B., por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 263/22 y con ello transgredir los deberes establecidos en el Artículo 6° incisos c, d y g de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando comprendida su conducta en las previsiones del Artículo 36 inciso f del citado Estatuto del Docente. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la agente M.C.B., en los términos del Artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, (aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97) (texto consolidado por Ley 6.764), con copia del Dictamen Jurídico IF-2024-36262808-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), o el recurso previsto en el Artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario, aprobado por Ley 189 (texto consolidado por Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny