Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5877
Ley 5877/1958 - DECLARANDO CIUDAD AL PUEBLO DE CORONEL DORREGO.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/08/1958
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 5877 LEY 5877 Declarando ciudad al pueblo de Coronel Dorrego EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase ciudad al actual pueblo de Coronel Dorrego, cabecera y asiento de las autoridades del Partido de igual nombre. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.