Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12817

Ley 12817/2001 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE VICENTE LóPEZ CON DESTINO A LA CONSTRUCCIóN DE UN CENTRO DE TRANSFERENCIA DE PASAJEROS, INSTALACIóN DE USOS COMERCIALES, OFICINAS Y SERVICIOS DE INTERéS COMUNITARIO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/12/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12817 LEY 12817 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la Ciudad de Vicente López, correspondiendo su identificación catastral como: Circunscripción III, Sección D, Manzana 72a, Parcela 1, Matrícula 1.290, cuyo titular dominial es el Municipio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO 2.- El dominio del inmueble citado en el artículo anterior será transferido al Municipio de Vicente López, y su destino formará parte de la construcción de un Centro de Transferencia de Pasajeros, instalación de Usos comerciales, oficinas y servicios de interés comunitario. ARTÍCULO 3.- El Municipio de Vicente López se hará cargo del pago de la indemnización fijada con relación al inmueble a expropiar, determinada de conformidad a las exigencias previstas en la Ley 5.708. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.