Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6879
ESTABLECE LA GRATUIDAD PARA LA APERTURA Y MANTENIMIENTO MENSUAL DE CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS DEL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CENTROS DE JUBILADOS Y PENSIONADOS - ROAC - CUENTA CORRIENTE GRATUITA - GRATIS - REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE ACCIÓN COMUNITARIA
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Se establece la gratuidad para la apertura y mantenimiento de cuentas corrientes bancarias del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para centros de jubilados y pensionados debidamente inscriptos en el ROAC Artículo 1°.- Se establece para los Centros de Jubilados y Pensionados que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptos en el Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria (ROAC) la opción de gratuidad para la apertura y mantenimiento mensual de una cuenta corriente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 2°.- Quedan alcanzados aquellos Centros de Jubilados y Pensionados que ya posean cuentas activas, como aquellos que en un futuro la soliciten. Art. 3°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 7 de enero de 2026 Mediante la presente certifico que la Ley 6.879, que tramita por el expediente EX- 2025-53914820-GCABA-DGCCN, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de noviembre de 2025, quedó automáticamente promulgada el día 3 de enero de 2026. Ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, y a los Ministerios de Desarrollo Humano y Hábitat y de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Kamian